MinTrabajo expide decreto que modifica contratos de aprendizaje y prácticas
MinTrabajo modifica reglas de contratos de aprendizaje

El Ministerio de Trabajo expidió el Decreto 0223 de 2026, mediante el cual se subroga un aparte del Decreto 1072 de 2015 del Único Reglamentario del Sector Trabajo y se modifican diversas disposiciones relacionadas con los contratos de prácticas y de aprendizaje. Esta nueva normativa obligará a una gran parte de las empresas a ajustar los acuerdos laborales con sus trabajadores, según lo detallado en el documento oficial.

Diferenciación entre vinculación formativa y contrato de aprendizaje

Los ajustes en los tipos de vinculación se basan en lo establecido en la reforma laboral aprobada por el Congreso de la República. El Gobierno considera necesario fijar la base de diferenciación entre la vinculación formativa, que corresponde a las prácticas académicas exigidas a los estudiantes para graduarse en la universidad, y el contrato de aprendizaje, enfocado en la formación técnica y tecnológica con componentes laborales específicos.

Reconocimiento de derechos laborales colectivos

El nuevo documento enfatiza el reconocimiento del aprendiz como un sujeto de derechos laborales colectivos. Por lo tanto, postula el reconocimiento explícito de sus derechos de asociación sindical, negociación colectiva y huelga. Además, abre la puerta para que los aprendices puedan participar y ser elegidos en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (Copasst) y en el Comité de Convivencia Laboral.

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Montos mínimos de apoyo de sostenimiento

El decreto unifica y aclara los montos mínimos de acuerdo con la modalidad y el nivel educativo de los sujetos:

  • Para estudiantes universitarios con formación tradicional o dual, el apoyo mensual no podrá ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente (smlmv).
  • Para personas con formación de técnico y tecnólogo tradicional, el apoyo deberá ser del 75% del smlmv en la fase lectiva y del 100% en la fase práctica.
  • Para aquellos con formación dual, el apoyo deberá ser del 75% del smlmv durante el primer año y del 100% durante el segundo.

La norma aclaró que el monto de apoyo de sostenimiento no podrá ser objeto de negociación en ningún tipo de pacto o convención colectiva.

Protección contra el acoso sexual

En materia de protección contra el acoso sexual, la norma establece que tanto las empresas como las instituciones educativas deberán implementar protocolos específicos de prevención, detección y sanción de acciones de acoso sexual durante el periodo de prácticas. Asimismo, deberán asegurar la estabilidad y evitar actos de retaliación contra quienes denuncien.

Modalidad dual y co-formación

El decreto respaldó el piso jurídico de la modalidad dual conforme al Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC). De esta manera, las compañías ya no solo serán receptoras de practicantes, sino que deberán convertirse en co-formadores con participación activa en el diseño de los programas. Estos deberán ser dirigidos por tutores capacitados en docencia y didáctica.

Afiliación al Sistema de Riesgos Laborales

El documento precisó que es obligatorio para las compañías que reciben a practicantes y aprendices realizar los procedimientos de afiliación al Sistema de Riesgos Laborales (ARL), garantizando el pago de la totalidad de los recargos.

Jornada laboral y responsabilidades académicas

Finalmente, el decreto obliga a las empresas a cambiar los contratos de prácticas con el objetivo de que la jornada laboral permita a los estudiantes cumplir con sus responsabilidades académicas e institucionales.

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