Nueva polémica en Jurisdicción Agraria frena proyecto y arriesga ultimátum de la Corte
Polémica en Jurisdicción Agraria frena proyecto y arriesga ultimátum

La creación de la Jurisdicción Agraria, el andamiaje jurídico de la reforma rural pactada en el Acuerdo de Paz, nuevamente se empantanó en el Congreso. El debate del proyecto de ley que define las competencias de jueces y tribunales agrarios quedó frenado por la polémica sobre qué tantos ‘dientes’ tendrá la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para resolver pleitos de tierras sin control automático de un juez, una discusión bautizada como “expropiación exprés”.

El corazón del conflicto

El debate gira alrededor del proyecto de ley 398 de 2024 Cámara y 183 de 2024 Senado, que desarrolla las competencias funcionales de la nueva jurisdicción agraria, la norma que falta para completar el andamiaje jurídico de la reforma rural, tras la aprobación de una reforma constitucional y una ley estatutaria. Aunque el texto ha sufrido múltiples modificaciones durante el trámite legislativo, persiste un punto especialmente sensible: el artículo 9.

Según la abogada Lorena Garnica, experta en el tema, ese artículo clasifica los procedimientos agrarios en tres grupos. “En algunos casos, las decisiones de la ANT tendrían control judicial automático; en otros, ese control solo operaría si el propietario o un tercero presenta oposición durante el trámite administrativo; y, finalmente, existirían procesos en los que la decisión quedaría completamente en cabeza de la ANT”.

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Posturas encontradas

Ahí está el choque. Algunos sectores advierten que la propuesta debilitaría las garantías judiciales en materia agraria, pues dejaría ciertos procesos únicamente bajo decisión administrativa, sin revisión automática de jueces especializados. La Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC), por ejemplo, pidió que procesos como la clarificación de propiedad, el deslinde, la recuperación de baldíos o la extinción de dominio mantengan su naturaleza judicial.

Por esa razón, pese a que el proyecto tiene mensaje de insistencia del Gobierno, sigue sin debatirse. Ya fue aprobado en las comisiones primeras, pero se estancó en las plenarias de Cámara y Senado. Y, si el Ejecutivo no consigue tramitarlo en las semanas que quedan de sesiones, se hundiría completamente.

Presión de la Corte Constitucional

La discusión ocurre justo cuando la Corte Constitucional acaba de meter presión para que la jurisdicción agraria empiece a funcionar. En la sentencia C-099 de 2026, el alto tribunal le ordenó al Consejo Superior de la Judicatura adelantar todas las actuaciones necesarias para que, desde 2027 y de forma gradual, entren en operación los tribunales y juzgados agrarios y rurales en el país.

Más allá de la implementación del Acuerdo de Paz, la Corte dejó claro que la creación de esta jurisdicción ya es una obligación constitucional derivada del artículo 238A de la Constitución. En esa misma decisión, sin embargo, la Corte reiteró que las competencias jurisdiccionales previstas en el decreto ley 902 de 2017 deben seguir siendo ejercidas por autoridades judiciales. Ese punto dejó en entredicho la posibilidad de que la ANT asuma facultades para decidir litigios agrarios sin control jurisdiccional automático.

Por eso, Garnica considera que insistir en ampliar el margen de decisión administrativa de la ANT iría en contravía de lo que ya fijó la Corte Constitucional.

El reloj corre para la Judicatura

Mientras tanto, el reloj corre para la Judicatura. Aunque el Consejo Superior puede avanzar en la creación de cargos y concursos de méritos para jueces y magistrados agrarios, existe una barrera práctica: sin una ley ordinaria que defina sus competencias funcionales, esos despachos no podrían operar plenamente.

De ahí la presión para destrabar el proyecto en el Congreso. Si no se supera rápidamente la discusión sobre el alcance de las funciones de la ANT y las garantías judiciales en los procesos agrarios, la puesta en marcha de la nueva jurisdicción rural podría quedar atrapada en un limbo jurídico e institucional.

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