Petro dice que fachadas son públicas: ¿qué dice la ley sobre grafitis?
Petro: fachadas son públicas; ley sobre grafitis

Momentos de tensión se vivieron en la tarde del martes cuando un grupo de hasta 100 manifestantes, liderados por el recién electo representante a la Cámara Hernán Muriel, intentaron pintar un grafiti en inmediaciones de la casa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, en la zona de Llanogrande de Rionegro (Antioquia). Los manifestantes buscaban relacionar al expresidente Uribe con la nueva cifra de ejecuciones extrajudiciales entregadas por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que estableció al menos 7.837 casos entre 1990 y 2016.

El propio Uribe enfrentó la situación, acompañado de la Policía, lo que derivó en una gresca ciudadana por la tensión entre derechos: por un lado, la libertad de expresión y, por el otro, el derecho a la honra y buen nombre, así como la salvaguarda de los bienes públicos. "Me parece que esto es una provocación de violencia. A mí primero me tienen que matar antes de maltratar a mi familia", reaccionó el expresidente.

En medio de esta situación, el presidente Gustavo Petro se pronunció explicando: "Han pintado un grafiti. Estoy preguntando si en la pared de la casa o cerca de la casa del expresidente Uribe en Llanogrande. Quiero decirle a la población que guarde respeto en épocas electorales. No porque sea un delito lo que hicieron. Todas las fachadas de nuestras casas son públicas, no son propiedad privada".

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¿Qué dice la norma?

EL TIEMPO consultó a juristas, quienes respondieron que, en este caso, el pulso se lo lleva el expresidente Álvaro Uribe Vélez y la administración pública de Rionegro. Todo indica que el grafiti se estaba pintando en un puente comunal, a unos 300 metros de la casa de Uribe, un bien bajo custodia del Estado. Para el abogado Hollman Ibáñez, "hay una norma, el Código de Convivencia, que obliga a quien pretenda pintar las fachadas, a manera de publicidad o lo que sea, a obtener un permiso de la administración local. Ayer lo que hicieron fue que sin permiso pintaron el puente al frente de la casa del presidente Uribe Vélez. Si no había permiso, entonces hablamos de una infracción al código de convivencia".

El abogado Iván Cancino explicó que "el presidente Petro se equivoca cuando dice que todos los murales son públicos. Hay muros que están dentro de propiedad privada y ahí no se puede invadir ni pintar. Y mucho menos cuando esa pintada no es libertad de expresión, sino que puede configurar injurias, calumnias u hostigamientos". Agregó: "Si un grafiti busca hostigar al expresidente Uribe es una afrenta policiva. No podríamos decir que hay un caso penal, salvo que la expresión contenga mentiras y se pueda individualizar al actor. Recordemos que la injuria también puede ser gráfica".

Código de Convivencia Ciudadana

El Código de Convivencia Ciudadana de la Policía establece claramente, en su artículo 140, que "se considera un comportamiento contrario al cuidado e integridad del espacio público 'pintar, fijar o intervenir bienes públicos o privados' sin autorización previa. Esto incluye grafitis, rayones, avisos o cualquier tipo de intervención visual realizada sin permiso". La norma agrega que, cuando una persona hace grafitis en bienes públicos sin autorización, puede enfrentar multa tipo 2 o tipo 4, dependiendo del caso y de los daños causados; obligación de reparar o limpiar el espacio intervenido; y participación en actividades pedagógicas o comunitarias.

Juristas como Iván Cancino agregan que la Corte Constitucional, al estudiar casos como el del grafitero asesinado Diego Felipe Becerra, ha señalado que el grafiti puede ser una expresión artística y de libertad de expresión, siempre que no afecte patrimonio cultural, bienes protegidos o propiedad ajena sin autorización.

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