El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratificó la sanción impuesta al presidente Gustavo Petro, equivalente a 10 salarios mínimos, por desacato a una orden judicial que le exigía retractarse y ofrecer disculpas al exgerente de la EPS Coosalud, Jaime Miguel González, luego de haberlo señalado públicamente de actos de corrupción.
Confirmación del fallo por desacato
La decisión confirma el fallo emitido por el Juzgado 24 Administrativo del Circuito de Bogotá, que declaró en desacato al mandatario por incumplir la orden judicial. El proceso se originó tras una tutela que buscaba proteger los derechos fundamentales del exdirectivo frente a las afirmaciones realizadas por el jefe de Estado.
Límites de la libertad de expresión
En su pronunciamiento, el tribunal fue enfático en señalar los límites de la libertad de expresión en el ejercicio de funciones públicas. Según la decisión, “tampoco prospera el argumento de ‘soporte institucional’ ni el de libertad de expresión reforzada. La sentencia que accedió al amparo constitucional no desconoció la libertad de expresión; por el contrario, analizó sus dimensiones y límites (…) y concluyó que el presidente (…) debía sujetarse a cargas de veracidad e imparcialidad cuando presentaba hechos; y abstenerse de lesionar derechos ajenos”.
Las declaraciones del presidente
De acuerdo con el expediente, las declaraciones del presidente se produjeron a través de su cuenta en la red social X, donde calificó a González como “bandido” y lo responsabilizó por la situación de la entidad. En ese contexto, el mandatario afirmó: “La culpa fue del gerente y de la junta directiva” y, posteriormente, reiteró sus señalamientos al asegurar: “Es un corrupto”.
Negativa a retractarse
Pese a la orden judicial que le exigía retractarse y ofrecer disculpas, el presidente Petro manifestó que no lo haría y sostuvo sus afirmaciones. En sus pronunciamientos posteriores insistió en señalar al exgerente como responsable de irregularidades. El tribunal consideró que esta actitud constituye un claro desacato a la autoridad judicial.
La decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca reafirma la importancia de respetar las órdenes judiciales y los límites de la libertad de expresión, especialmente cuando se trata de funcionarios públicos que deben actuar con veracidad e imparcialidad.



