Una reciente decisión judicial ha reavivado el debate sobre los disturbios ocurridos en Bogotá durante el estallido social de 2021. El Tribunal Superior de Bogotá concluyó que estos hechos no fueron una reacción espontánea de la ciudadanía, sino una operación orquestada por grupos armados organizados, en particular las disidencias de las Farc.
Pruebas de una estructura organizada
La sentencia, que ha vuelto a circular con fuerza, sostiene que los ataques registrados en la capital respondieron a una estrategia previamente diseñada. Según el tribunal, existía coordinación, jerarquías y objetivos definidos, evidenciados por un conjunto de pruebas que incluyen interceptaciones telefónicas y mensajes en plataformas digitales.
Vinculación con disidencias de las Farc
Varios de los jóvenes procesados actuaron siguiendo lineamientos de integrantes del Bloque Segundo Manuel Marulanda Vélez, una de las estructuras de las disidencias de las Farc. El documento judicial señala que había comunicación constante con estos grupos y que las acciones ejecutadas en Bogotá hacían parte de una planificación más amplia orientada a generar alteraciones del orden público.
Uso de plataformas digitales para la coordinación
Uno de los puntos clave del fallo es el uso de plataformas digitales. Según el tribunal, la coordinación se realizaba mediante grupos de mensajería en los que se distribuían instrucciones según zonas estratégicas de la ciudad. Desde allí se orientaban acciones como bloqueos, ataques a buses del sistema TransMilenio y afectaciones a establecimientos comerciales.
Estructura de mando definida
El expediente describe una estructura con niveles de mando definidos. Las interceptaciones telefónicas indican que las decisiones no eran aisladas, sino que contaban con aprobación de instancias superiores. En ese contexto, se mencionan nombres como alias ‘Mordisco’ y Gentil Duarte, señalados como referentes dentro de esas disidencias.
Condenas ejemplares
El fallo impuso condenas que reflejan la gravedad de los hechos. Tres de los implicados recibieron penas cercanas a dos décadas de prisión por delitos como terrorismo y concierto para delinquir, mientras que otro fue sentenciado a 10 años. A esto se suman multas de alto valor económico, orientadas a responder por los daños causados a bienes públicos y privados.
Límites entre protesta y criminalidad
Más allá de las condenas, la decisión deja un mensaje claro: cuando las acciones violentas trascienden el marco de la protesta y se articulan bajo esquemas organizados, el sistema judicial las aborda como delitos de alto impacto. El caso, ahora nuevamente en discusión pública, vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre los límites entre manifestación social y criminalidad organizada.



