FEDEGÁN advierte ilegalidad en decreto que limitaría exportación de ganado en pie
FEDEGÁN: decreto de cupo exportación ganado es ilegal

La Federación Colombiana de Ganaderos (FEDEGÁN) advirtió este 1 de mayo que el proyecto de decreto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que busca fijar cupos a la exportación de animales vivos “está viciado de ilegalidad”, según afirmó su presidente ejecutivo, José Félix Lafaurie Rivera, al considerar que la medida contraviene compromisos internacionales y podría acarrear demandas contra la Nación.

Detalles del proyecto de decreto

El pronunciamiento del gremio se centra en el contenido del Capítulo II del proyecto, donde se propone establecer “un cupo máximo de exportación de sesenta y seis mil setecientas (66.700) unidades de bovinos domésticos vivos, machos, menores de dos (2) años”, con una vigencia de seis meses desde la entrada en vigor del decreto, lo que ha encendido alertas jurídicas en el sector ganadero.

Cupo de exportación de bovinos desata controversia jurídica

De acuerdo con Lafaurie, el problema no radica únicamente en el volumen definido, sino en la naturaleza misma del mecanismo propuesto. El dirigente explicó que el concepto de “cupo máximo” encaja dentro de lo que técnicamente se considera un contingente de exportación, figura que, según argumenta, está prohibida por normas internacionales adoptadas por Colombia y que tienen jerarquía superior en el ordenamiento jurídico nacional.

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El gremio recuerda que Colombia incorporó mediante la Ley 170 de 1994 el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, conocido como GATT de 1994. En ese marco, se establecen reglas claras sobre el comercio internacional, incluyendo la eliminación de restricciones cuantitativas a las exportaciones, lo que, a juicio de FEDEGÁN, entra en contradicción directa con el contenido del proyecto de decreto.

GATT y restricción a exportaciones: el eje del debate

“En el Artículo XI de este instrumento internacional se establece de manera categórica el principio de eliminación general de las restricciones cuantitativas, prohibiendo expresamente a las partes contratantes imponer o mantener prohibiciones o restricciones a la exportación de productos”, señaló Lafaurie, enfatizando que este compromiso es vinculante para el Estado colombiano.

El dirigente gremial insistió en que, al ratificar este acuerdo, el país adquirió una obligación “legal e internacional ineludible de abstenerse de limitar cuantitativamente sus exportaciones”. Bajo esta premisa, la introducción de un cupo máximo sería incompatible con ese mandato, lo que abriría un frente de discusión no solo interno, sino también en escenarios multilaterales de comercio.

Riesgos legales y comerciales para Colombia

FEDEGÁN advirtió que la eventual expedición del decreto en los términos planteados implicaría una “transgresión ostensible a la jerarquía de las normas”. En ese sentido, sostuvo que el acto administrativo nacería con un vicio de ilegalidad al contradecir una norma de superior rango, lo que podría derivar en su nulidad dentro del ordenamiento jurídico colombiano.

Además del frente interno, el gremio alertó sobre posibles consecuencias en el ámbito internacional. Según Lafaurie, la medida podría exponer al país a litigios y controversias comerciales por parte de la Organización Mundial del Comercio, así como a eventuales retaliaciones por socios comerciales que consideren afectados sus intereses por la imposición de restricciones a las exportaciones.

El análisis del gremio también apunta a los efectos reputacionales que podría enfrentar Colombia en materia de cumplimiento de acuerdos internacionales. En un contexto donde la estabilidad normativa es clave para los flujos de comercio e inversión, decisiones de este tipo podrían generar incertidumbre entre los actores del mercado y tensionar la relación con compradores externos de ganado en pie.

Llamado a revisar el proyecto

En este escenario, FEDEGÁN hizo un llamado a revisar el alcance del proyecto antes de su eventual adopción, reiterando que su posición busca evitar riesgos jurídicos y comerciales para el país. “Desde FEDEGÁN advertimos de manera responsable que la adopción de este acto administrativo supondría una transgresión ostensible a la jerarquía de las normas”, concluyó Lafaurie, dejando abierta la discusión sobre el futuro de la medida.

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