El Consejo de Estado dejó en firme el nombramiento de Armando Benedetti como ministro del Interior al confirmar en segunda instancia la sentencia que negó la nulidad de su designación. Esta decisión cierra el debate jurídico sobre su llegada al cargo y mantiene intacto el Decreto 0245 del 1 de marzo de 2025. Además, el alto tribunal ordenó dar traslado a la Procuraduría para investigar señalamientos del funcionario contra una magistrada.
Consejo de Estado ratifica nombramiento de Armando Benedetti
La decisión fue adoptada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, que confirmó la sentencia del 29 de enero de 2026, en la cual el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había negado la nulidad del acto de nombramiento. Con esto, el alto tribunal avala jurídicamente la permanencia de Benedetti en el cargo, al concluir que los argumentos de la demanda no desvirtuaron la legalidad del decreto.
En el fallo, la corporación analizó distintos cuestionamientos planteados contra la designación. Entre ellos, revisó una supuesta vulneración del régimen de inhabilidades para ser congresista, señalando que esa normativa no es aplicable a los ministros, dada la naturaleza restrictiva de aquellas. El Consejo de Estado también recordó el alcance del proceso contencioso administrativo, subrayando que su estudio está delimitado por los hechos y normas invocados por las partes. En ese sentido, indicó que el juez debe ceñirse a lo expuesto en la demanda y su contestación, los cuales se erigen como el marco de la litis, lo que impide extender el análisis a asuntos no planteados formalmente.
Argumentos jurídicos: inhabilidades, alcance del proceso y decisión de fondo
El fallo deja claro que no se encontraron razones suficientes para anular el acto administrativo que llevó a Benedetti al Ministerio del Interior. La Sala reiteró que el análisis se centró en los cargos presentados y que, tras su revisión, no se evidenció vulneración de las normas aplicables al caso. Así, la decisión en segunda instancia respalda integralmente lo resuelto por el tribunal.
Otro elemento abordado por el Consejo de Estado fue el examen de normas que no habían sido incluidas inicialmente en la demanda. Sobre este punto, la corporación advirtió que no es procedente ampliar el estudio a disposiciones no invocadas, reforzando el carácter rogado de esta jurisdicción. Este criterio contribuyó a mantener el enfoque estrictamente jurídico del caso.
En consecuencia, la sentencia concluye que el nombramiento de Benedetti cumple con los requisitos legales exigidos y que no se encontraron causales de nulidad. Con ello, se consolida la estabilidad jurídica del cargo y se despejan las dudas que habían sido planteadas en el proceso judicial.
Orden a la Procuraduría por señalamientos contra magistrada de la Corte Suprema
Más allá de la ratificación del nombramiento, el Consejo de Estado introdujo un elemento adicional al advertir sobre la conducta del funcionario durante el proceso. La Sala señaló que el demandado habría proferido expresiones contra Cristina Lombana, magistrada de la Corte Suprema de Justicia, lo que motivó una actuación institucional adicional.
El fallo recoge que dichas manifestaciones se habrían hecho sin el mayor respeto por la funcionaria y por su calidad de mujer, lo que llevó al tribunal a recordar la obligación de las autoridades de actuar con perspectiva de género y con la debida diligencia reforzada para proteger a las mujeres en el ejercicio de sus funciones.
Por esta razón, se ordenó oficiar a la Procuraduría General de la Nación para que adelante las averiguaciones correspondientes. En términos generales, el Consejo de Estado dispuso que se investiguen los supuestos señalamientos inapropiados realizados por Benedetti en contra de la magistrada, abriendo un nuevo frente disciplinario independiente del proceso de nulidad.
La decisión, por un lado, consolida la permanencia de Benedetti como ministro del Interior al cerrar la discusión judicial sobre su nombramiento; y por otro, activa un control disciplinario sobre su comportamiento frente a una alta funcionaria judicial, lo que representa nuevas implicaciones en el ámbito institucional.



