El presidente Gustavo Petro enfrenta un nuevo revés judicial. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca lo sancionó por realizar acusaciones sin sustento contra el gerente de Coosalud EPS, Jaime Miguel González Montaño, y por incumplir una orden previa de retractación.
Acusaciones sin pruebas contra el gerente de Coosalud
Los reiterados señalamientos del jefe de Estado, difundidos a través de redes sociales y declaraciones públicas, derivaron en una nueva decisión en su contra. El Tribunal determinó que el mandatario acusó sin pruebas a González Montaño de estar vinculado al presunto robo de recursos de la salud.
En uno de los mensajes que motivó la decisión, publicado el 16 de abril en su cuenta de X, el Presidente afirmó: “Jaime González, gerente de Coosalud, debería enfrentar una investigación penal por el delito de usar recursos públicos de la salud para su pecunio. Acción que realizó, presumiblemente, en complicidad con miembros de la junta directiva de la empresa”.
Desacato a orden de retractación agrava la situación
Tras estas declaraciones, se interpuso una acción de tutela y un juzgado administrativo de Bogotá ordenó al mandatario retractarse y ofrecer excusas públicas. Sin embargo, la orden no fue cumplida, lo que llevó a un nuevo fallo que impuso una sanción económica.
“Se resuelve fijar una multa equivalente a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes al doctor Gustavo Francisco Petro, suma que deberá ser consignada dentro de los cinco días siguientes a la ejecutoria de esta providencia”, señala la decisión judicial.
El Tribunal fue enfático en señalar que no existe prueba alguna que respalde las acusaciones sobre una supuesta apropiación de recursos por parte del gerente de Coosalud. Además, concluyó que el Presidente incurrió en desacato al ignorar las órdenes de retractación.
Libertad de expresión no justifica las acusaciones
Aunque desde la Presidencia se intentó justificar el incumplimiento, el fallo advierte que dichos argumentos “carecen de fuerza pública” y no son válidos para modificar la sentencia. Asimismo, el Tribunal descartó que las declaraciones estuvieran protegidas por la libertad de expresión. Subrayó que, dada su investidura, el Presidente debe ceñirse a criterios de veracidad e imparcialidad y evitar vulnerar derechos de terceros.
La decisión también advierte que, en caso de no cumplir con la sanción impuesta, Gustavo Petro podría exponerse a medidas más drásticas, como arresto por desacato, entre otras consecuencias legales.



